- Uso en precario beneficiaría a miles de negocios
- Proyecto impide construcciones permanentes
La Cámara de Turismo de Playa Sámara (CTPS), junto con la Cámara de Comercio y Turismo de Tamarindo (CCTT), tomaron la decisión de brindarle un apoyo decidido al Proyecto de Ley 23 148 denominado “Ley para el Desarrollo e Impulso de la Zona Marítimo Terrestre” iniciativa que actualmente se tramita en la Asamblea Legislativa.
La Zona Marítimo Terrestre (ZMT) se regula en la Ley N.° 6043 del 2 de marzo de 1977 que declara a esos sitios como parte del patrimonio nacional perteneciente al Estado; además, de ser inalienable e imprescriptible.
Esa zona corresponde a la franja de doscientos metros de ancho a todo lo largo de los litorales Atlántico y Pacífica cualquiera que sea su naturaleza, medidos horizontalmente a partir de la línea de la pleamar ordinaria y los terrenos y rocas que deja el mar en descubierto en la marea baja.
Además, la ZMT comprende las islas, islotes y peñascos marítimos, así como toda tierra o formación natural que sobresalga del nivel del océano dentro del mar territorial de la República.
La ZMT se compone de dos secciones: la zona pública que es la faja de cincuenta metros de ancho a contar de la pleamar ordinaria, y las áreas que quedan al descubierto durante la marea baja; y la zona restringida constituida por la franja de los ciento cincuenta metros restantes, o por los demás terrenos en caso de islas.
Sin embargo, en la zona pública no se permite ningún tipo de desarrollo, excepto las obras de infraestructura y construcción que en cada caso aprueben el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el Instituto Costarricense de Turismo, el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, y la respectiva municipalidad, atendiendo al uso público a que se destinen, o que se trate del establecimiento y operación de instalaciones turísticas estatales de notoria conveniencia para el país.
“Lo anterior, genera que no se logre desarrollo ese modelo turístico, el cual sostiene la economía de las zonas costeras del país, sumado al contexto de la pandemia del covid-19 que generó una gran afectación al sector turístico del país, y en especial a de estas zonas”, indica la exposición de motivos del proyecto 23 148.
Esta iniciativa de Ley propone agregar dos artículos (un artículo 22 bis y un artículo 22 ter) a la Ley 6 043 para que se habilite y flexibilice el desarrollo de actividades comerciales y turísticas en la zona pública de la ZMT sin que se perjudique o cambie la naturaleza de esa área.
Detalles de la propuesta
El Artículo 22 bis autorizaría a las municipalidades e intendencias a otorgar permisos en precario a los negocios comerciales ubicados en la zona restringida, con el propósito de que en la zona pública inmediata adyacente a su concesión utilicen mobiliario o implementos para la prestación de servicios de apoyo o complementarios tales como mesas, sillas, sombrillas y otros similares. El área autorizada será dedicada a la prestación de servicios complementarios a los que se prestan en la zona restringida concesionada, por lo que no podrán constituir la actividad comercial principal.
Además, el mobiliario que se utilice dentro del espacio autorizado deberá ser retirado diariamente, así como también deberá realizarse la limpieza correspondiente de los residuos generados por dicha actividad comercial, en aras de reducir el impacto ambiental en la zona, de conformidad con la reglamentación que emita al respecto la municipalidad o la intendencia correspondiente.
En ningún caso los concesionarios de estos servicios podrán impedir el libre tránsito y disfrute de la zona pública, ni perturbar a quienes utilicen o deseen utilizar sus propios implementos de playa. Tampoco podrán instalar o construir infraestructura alguna, ni siquiera de carácter temporal y hasta en un 80% del área concesionada.
También, se habilita a las municipalidades y a las intendencias otorgar las autorizaciones a las personas licenciatarias de los negocios comerciales ubicados en la zona restringida, con el propósito de que en la zona pública inmediata adyacente a su concesión utilicen mobiliario o implementos para la prestación de servicios de apoyo o complementarios tales como mesas, sillas, sombrillas y otros similares según lo establecido en la Ley de Comercio al Aire Libre, Ley N.° 10126 del 9 de marzo del 2022.
Por su parte, el Artículo 22 ter- permitiría a las municipalidades e intendencias otorgar permisos en precario por tiempo determinado para la prestación de servicios turísticos en la zona pública, como alquiler de sillas de playa, hamacas, sombrillas, equipos e implementos deportivos y para actividades náuticas, entre otros similares.
El mobiliario que se utilice dentro del espacio autorizado deberá ser retirado diariamente, de conformidad con la reglamentación que emita al respecto la municipalidad correspondiente. En ningún caso los permisionarios de estos servicios podrán impedir el libre tránsito y disfrute de la zona pública, ni perturbar a quienes utilicen o deseen utilizar sus propios implementos de playa. Tampoco podrán instalar o construir infraestructura alguna, ni siquiera de carácter temporal.
Beneficios tangibles
El plan del diputado, Carlos García, del Partido Unidad Social Cristiana, establece que “una gran cantidad de ciudades alrededor del mundo han destinado y permitido el comercio en el espacio público para el desarrollo apropiado de su función. Hacerlo conlleva muchísimos beneficios para la sociedad. Por un lado, permite ampliar las oportunidades económicas para los comercios y empleos en su territorio. Por otro, apoyan el mejoramiento de la seguridad pública a partir de la vigilancia ciudadana y activación del espacio público”.
Leonel López, de Leo Surf School and Tours que funciona en Playa Sámara, indicó que el proyecto de Ley sería un gran impulso “para los emprendedores locales en las playas”.
“En nuestro caso lo que hacemos es poner un toldo con las tablas y el equipo que necesitamos para darle servicio a los turistas, con este Ley habría más seguridad jurídica para el trabajo que desarrollamos porque también brindamos el servicio de buceo, tour o viajes para ir a ver delfines. Tendríamos un respaldo legal más sólido para llevar a cabo esta labor. No se trata de construir nada porque en nuestro caso todos los días retiramos los toldos”, relató López.
Hernán Imhoff, Presidente de la CCTT, manifestó que es necesario adaptar la legislación de la ZMT a las nuevas condiciones de las economías costeras donde el turismo se ha convertido en la principal fuente generadora de empleos e ingresos para miles de familias.
“Nos parece que esta es una buena iniciativa de Ley que en esencia combina dos temas muy importantes. Por un lado, la preservación de la zona marítimo terrestre como un espacio de acceso público, en segundo lugar, como una fuente de apoyo para las centenas de negocios como restaurantes, hoteles y cabinas, entre otra gran cantidad de segmentos del mercado en las regiones costeras”, detalló Imhoff.
Massimo Gambari, Presidente de la CTPS, agregó que esta propuesta sería una “gran herramienta para lograr un mayor impacto del turismo beneficiando a una enorme cantidad de negocios en las playas con el consecuente incremento en la mejora de la calidad de las personas vinculadas a esta actividad”
“Pienso que estamos ante una iniciativa de gran transcendencia para centenas de comunidades en el Pacífico y el Atlántico de todo país, lugares donde justamente necesitamos promover el desarrollo de negocios la gran mayoría de ellos de pequeños capitales e incluso de naturaleza familiar”, destacó Gambari.
El 9 de marzo del 2022 entró en vigencia la Ley 10 126 de Comercio al Aire Libre que facultó a las municipalidades para que autorizaran a los patentados o licenciatarios el desarrollo temporal de la actividad comercial en los espacios públicos adyacentes a los respectivos establecimientos.