Los alcaldes, regidores, intendentes y síndicos solo podrán reelegirse en su puesto por una única vez y deberán esperar ocho años o sea dos periodos para optar nuevamente por el cargo.
La modificación al Código Electoral se realiza tras la aprobación de una moción de fondo al Expediente 21.810. Reforma al artículo 14 del Código Municipal y sus reformas (Ley que limita la reelección indefinida de las autoridades locales) en la Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo.
La moción aprobada establece lo siguiente:
Las Alcaldesas, Alcaldes, Intendentes o Intendentas podrán ser reelectas de manera continua por una sola vez. No podrán postularse para cualquier cargo de elección popular del Régimen Municipal, hasta tanto no hayan transcurrido dos periodos desde que finalizó su segunda elección.
Las personas regidoras, regidoras suplentes, sindicas y sindicas suplentes podrán ser reelectas de manera continua por una sola vez y no podrán ser electas para el mismo cargo o su suplencia hasta tanto no hayan transcurrido dos periodos desde que finalizó su segunda elección."
La diputada proponente de la moción Carolina Hidalgo Herrera manifestó que la reforma transformará el desarrollo local y aseguró que es importante hacer el recambió y el relevo que destacó será fundamental parte el proceso democrático
Audio diputada Carolina Hidalgo Herrera
El diputado Luis Fernando Chacón Monge destacó que la importancia de renovar los liderazgos locales que contribuyen a fortalecer los procesos democráticos permitiendo una continuidad controlada de los puestos municipales.
Audio diputado Luis Fernando Chacón Monge
Por su parte la legisladora María Inés Solís Quirós proponente del proyecto resaltó la aprobación de la moción afirmando que con ello se elimina los puestos vitalicios en las municipalidades.
Audio diputada María Inés Solís Quirós
Según un transitorio aprobado por los diputados de la comisión quienes hoy ostentan los cargos de elección municipal en el periodo 2020-2024, podrán reelegirse consecutivamente por una única vez, después de ello se les aplicará las nuevas disposiciones.
El proyecto pasa nuevamente el Plenario Legislativo para que continúe su trámite en primer debate.