- Involucrar a los Gobiernos Locales, es una herramienta clave para la población según la iniciativa.
Mediante el expediente 22487, Ley de vivienda municipal, se busca proveer vivienda mediante la participación activa de los gobiernos locales, permitiendo, a su vez, generar una nueva fuente de ingreso a las municipalidades, facilitando paralelamente un incremento de los activos públicos.
La iniciativa que se discute en la Comisión de Asuntos Municipales otorga a los Gobiernos Locales la competencia de hacer uso de los terrenos de su propiedad, siempre que no sean demaniales, para la construcción de proyectos de vivienda municipal, en los cuales la municipalidad funja como gestor del proyecto o contraparte en una asociación público-privada, para lo cual deberá cumplir con los criterios establecidos de desarrollo, gestión y administración.
Sobre esta propuesta el Erick Solano Coto, Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo comentó que la institución ve con buenos ojos el proyecto de ley porque entre más actores se involucren en la construcción de viviendas es una herramienta clave para la población.
Guillermo Ramírez miembro del Instituto comentó que el proyecto es importante pero que no se ve la participación de actores como las empresas de servicios públicos ni la Setena, además, señalaron que ven necesario la participación del IMAS, la Cajas para determinadas familias. “El proyecto es muy importante para contar con más fuentes de creación de vivienda y el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, establece que los Gobiernos Locales lo pueden reglamentar, explicó Ramírez.
La iniciativa establece que el valor de la vivienda considerará los costos constructivos, administrativos, financieros y valor del suelo según avalúo. En caso de que el desarrollador sea la municipalidad, se sumará a este costo constructivo un 10%. En caso de que el desarrollo se realice mediante una asociación público-privada, la rentabilidad no podrá ser superior a la del mercado para proyectos similares.
El diputado presidente de la Comisión Daniel Ulate, consultó sobre el tema de la fiscalización establecido en el artículo 7 que señala que “los usufructuarios deberán sufragar los gastos complementarios que determine reglamentariamente la municipalidad. Las unidades habitacionales financiadas mediante el Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, tanto en condominios como en urbanizaciones, cancelarán hasta un máximo del 50% de los pagos complementarios”.
Por su parte, Roberto Thompson aseguró que los Gobiernos Locales tienen la capacidad trabajar con el tema de vivienda. “El país debe tener una transformación para tener proyectos de vivienda regionales y el país debe confiar en el Régimen Municipal”, comentó el liberacionista.