La Escuela de Economía de la Universidad Nacional (UNA), preocupada por la situación que atraviesa el país y con la responsabilidad de generar información confiable para los tomadores de decisiones, elaboró un modelo que aproxima los efectos reales sobre el gasto público del proyecto de ley de Empleo Público, expediente 21.336.
El documento, elaborado por Shirley Benavides y Francisco Pacheco, economistas de la UNA, presenta los resultados, a partir de la información de la Encuesta Nacional de Hogares 2020 que busca aislar los posibles efectos fiscales de la Ley de Empleo Público. Para ello, se consideran tres posibles ámbitos de ahorro: el congelamiento salarial para trabajadores con remuneraciones por encima del mercado; la contratación de nuevo personal bajo el nuevo esquema de salario único y la reposición de trabajadores que se han acogido a la jubilación.
El ahorro producto de la aplicación de la eventual ley de Empleo Público discutida en estos momentos en la Asamblea Legislativa, se ha estructurado alrededor de tres bloques analíticos:
Componente A: sustitución de funcionarios pensionados por trabajadores nuevos que serían pagados bajo esquema de salario global. Los ahorros provenientes de este apartado provienen de la sustitución de los funcionarios actuales que se acogen a la pensión y que son sustituidos, los cuales, serían contratados con el salario global. El ahorro proviene de estimar el gasto en que se hubiera incurrido si se contrata con remuneración compuesta menos el gasto incurrido por salario global. Los supuestos que permitieron desarrollar este apartado fueron:
- Se acogen a la pensión las mujeres de 62 años y los hombres de 65 años. Esto significó, para el 2020, que 1,165 funcionarios se habrían pensionado.
- Los nuevos funcionarios contratados para reponer a los trabajadores jubilados tienen todos menos de 30 años.
- El ahorro por funcionario se mide como la diferencia entre el salario promedio del Gobierno Central en personas de menos de 30 años y el salario privado pagado en el percentil 50 (salario global).
Componente B: nuevos funcionarios contratados bajo nuevo esquema. Acá se asume que el Gobierno incrementa su planilla en mil personas por año y que las mismas serán contratadas bajo salario global en lugar del existente esquema con pluses. Para ello se han contemplado los siguientes supuestos metodológicos:
- Los mil funcionarios contratados se distribuyen en la misma proporción que la estructura existente hoy día, a saber: 3.9% como director o gerente; 55.7% como profesional; 7.3% como técnico y profesional; 5.7% como personal de apoyo administrativo; 20.6% como trabajador de los servicios; 0.6% como oficiales y operarios; 0.8% como operador de instalaciones y máquinas y 5.4% en ocupaciones elementales.
- Se estima y utiliza el salario mediano actual en todo el Gobierno Central para cada categoría laboral
- Se estima el salario mediano actual en el mercado laboral costarricense (percentil 50).
- El ahorro corresponde a la diferencia entre lo gastado con salario único y lo que hubiera erogado en condiciones del modelo vigente.
- Todos los salarios se ajustan por el factor definido anteriormente.
Componente C: congelamiento de salarios por encima del global. El último componente asume el congelamiento de aquellos salarios que hoy día se ubican por encima del salario global escogido. Sin embargo, para aquellos trabajadores cuyas remuneraciones se ubican por debajo del de referencia, se asume un incremento del 5% por año. En ese sentido, el ahorro proyectado responde a los incrementos no aplicados menos el costo asociado al aumento previamente referido. El salario global seleccionado responde al percentil 50 del sector privado. Por ejemplo, el salario global para profesionales se contempla que ascendería a 800 mil colones. Según la distribución remunerativa de los profesionales del Gobierno Central, un 30% ganaría por debajo de esos 800 mil colones. Por lo tanto, para dicho grupo laboral, un 70% de los funcionarios tendrían congelados sus salarios en tanto el otro 30% recibiría un incremento del 5%.
Tomando como base las condiciones prevalecientes en el año 2020 así como el Producto Interno Bruto (PIB) estimado por el Banco Central de Costa Rica para ese mismo periodo, el ahorro estimado proveniente de los tres componentes ascendería a los ¢51,494.8 millones durante el primer año de aplicación de la ley. Este monto equivaldría al 0.14% del PIB. Los componentes 1 y 2 aportarían, cada uno, algo cercano al 0.01% del PIB, todo lo cual indica que un 88% del ahorro total acá contemplado se vincula al congelamiento de salarios que estén por encima del salario global de referencia.
Ante los resultados del estudio surge el cuestionamiento a las proyecciones hechas por el Gobierno, parece que se está incluyendo los efectos de otras legislaciones ya aprobadas con anterioridad (ley 9635) y que no corresponden de manera directa a este proyecto de Ley Marco del Empleo Público.