Mediante un nuevo texto sustitutivo los diputados de la Comisión de Asuntos Hacendarios introdujeron nuevos cambios al proyecto que permite el retiro anticipado del Régimen Obligatorio de Pensiones y que se tramita bajo el expediente 21309.
Con la aprobación del nuevo texto vía moción 137, se establece que las personas que se pensionen antes del primero de enero del 2021 podrán solicitar el pago de una mensualidad, durante dos años y medio hasta agotar el saldo acumulado del ROP.
Otra opción es optar por un plan de beneficios lo que les permitirá solicitar un retiro acelerado de los recursos acumulados, por lo que continuará recibiendo el mismo monto de la pensión complementaria que ha recibido, pero adicionalmente, recibirá una cuota cada nueve meses del 25% del saldo total.
La iniciativa establece además que los afiliados que se pensionen a partir del 1 de enero de 2021 y hasta el 18 de febrero de 2030, podrán retirar los fondos acumulados en sus cuentas en rentas temporales por un plazo equivalente a la cantidad de cuotas aportadas a este régimen.
En los casos en que el monto de la pensión sea menor a un 20% de la pensión mínima del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), la pensión complementaria otorgada será ese monto, el cual se seguirá abonando hasta que se agote el saldo acumulado, sin importar la cantidad de cuotas aportadas a este régimen.
El nuevo texto mantiene que los afiliados y pensionados que enfrenten una enfermedad terminal, debidamente calificada por la CCSS, podrán optar por el retiro total de los recursos.
El diputado José María Villalta Florez-Estrada expresó que el nuevo texto corrige errores cometidos en el texto dictaminado inicialmente por la Comisión de Hacendarios que aseguró, tenía problemas de conexidad.
Por su parte el diputado Oscar Cascante Cascante sostuvo que el texto sigue siendo inconexo y aseguró que la SUPEN acomodó el proyecto de acuerdo a sus beneficios.
A pesar de los nuevos cambios aprobados, el proyecto mantiene que el aporte del 1,5 % de los trabajadores deberá pasar al Banco Popular y de Desarrollo Comunal, por un plazo de 18 meses antes de ingresar al ROP con el pago de los intereses a los afiliados.