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Imagen Ilustrativa. Tomada de Pexels.com

En los próximos tres meses (prorrogables por tres meses más), el MAG y el MEIC realizarán un estudio para determinar cuáles son los pescados de mayor consumo entre la población con menores ingresos.

Esta semana el Presidente de la República firmó una Reforma al Reglamento de Canasta Básica Tributaria para obtener mayor información en relación al consumo de los pescados y filetes y funcionar como mejora normativa temporal al incluir temporalmente algunas especies, en beneficio de consumidores y productores.

La inclusión de estos productos en la canasta básica ha sido una de las principales preocupaciones expresadas por el sector pesquero y, tras ser canalizada en la mesa de diálogo y analizada por las autoridades correspondientes, se decide que esta es la mejor manera de abordarlo.

“La firma de este decreto es un ejemplo de cómo desde todos los sectores, estamos haciendo esfuerzos importantes por atender las demandas ciudadanas y mantener la apertura al diálogo”, explicó el Presidente Carlos Alvarado.

El mandatario recordó que la intención del Gobierno es mejorar las condiciones de la población costarricense y este transitorio es un ejemplo de cómo a través del diálogo se pueden tomar decisiones que impacten a los sectores más necesitados.

Además del Presidente, el transitorio fue firmado por Nogui Acosta, ministro A.I de Hacienda; Renato Alvarado, ministro de Agricultura y Ganadería; y Victoria Hernández, ministra de Economía y Comercio.

“Desde el MEIC y MAG asumirán en conjunto los estudios para  determinar  la necesidad de incluir en la canasta básica productos pesqueros para el consumo de los primeros dos quintiles”, explicó el jerarca del MAG.

Por su parte, el ministro Acosta explicó que “Este decreto viene a dar un espacio de tiempo para analizar, a partir de la investigación que realicen MAG  y MEIC, de manera pormenorizada los patrones de consumo de pescado de los grupos de más bajos ingresos, para asegurar que la canasta básica incluye esos productos”.

El decreto

En detalle, el decreto establece que en un plazo de tres meses (prorrogable por tres meses adicionales), el Ministerio de Agricultura y Ganadería y el Ministerio de Economía, Industria y Comercio “deberán elaborar un estudio que determine los tipos de pescado y filetes que son de consumo real y efectivo por parte de los hogares que conforman el 20% de la población de menores ingresos”.

El transitorio también especifica que “en el tanto se realiza dicha investigación, se

considerarán parte de la Canasta Básica Tributaria los pescados frescos, enteros y en filete de las especies Atún, Dorado, Vela, Marlín, Espada, Bonito, Bolillo, Pargo y Corvina siempre que no tengan ninguna preparación, o sean congelados sazonados, marinados, adobados, condimentados, o empanizados”.

Según lo establecieron la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y el Reglamento de Canasta Básica Tributaria, la información para elaborar la canasta básica se toma de la Encuesta Nacional de Hogares. La que está vigente actualmente se realizó hace 5 años, por lo que se espera contar con la nueva encuesta este año, implicando esto un nuevo estudio sobre los productos que deben formar parte de la Canasta Básica Tributaria.


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