- El municipio deberá coordinar las acciones necesarias y adoptar las medidas para velar por el bienestar y el entorno de las tortugas Baula y Negra.
Por Silleny Sanabria Soto.
La Sala Constitucional ordenó a la Municipalidad de Santa Cruz, asegurar que la iluminación arti-
ficial en Playa del Coco de Marbella, no afecte el ecosistema natural de las tor- tugas que llegan a este lugar a desovar.
La medida cautelar se tomó mientras resuelve el expediente número 20- 023353-0007-CO, referente a la de- nuncia de la Federación Costarricen- se para la Conservación del Ambiente (FECON), la cual presentó un Recurso de Amparo contra el Concejo Munici- pal de Santa Cruz, por el acuerdo que permitió la instalación de postes y luces en la zona pública de Playa del Coco de Marbella.
Según argumenta FECON, la ilumina- ción artificial en la zona, altera y ame- naza el hábitat natural y de desove de las tortugas baulas y negras, dos espe cies marinas protegidas por la Conven- ción Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas, y la cual ha sido ratificada por Costa Rica.
En el recurso de amparo se indica a la Sala Constitucional que desde hace más de cuatro meses se presentó ante el Con- cejo Municipal, un Recurso de Revisión contra el acuerdo que aprobó la instala- ción eléctrica en esta zona de alta fra- gilidad ambiental, sin tenerse en cuenta un fundamento técnico, lo cual viola di- rectamente la normativa ambiental y los principios de varios convenios interna- cionales firmados por el país.
FECON argumenta además, que la cons- trucción ilegal de comercios en la zona marítima terrestre y su iluminación afec- ta no solo el desove, sino que desorienta a las nuevas tortugas que apenas van sa- liendo de sus huevos, en su búsqueda al mar. Marbella, se encuentra muy cerca del Refugio de Vida Silvestre Ostional (RVSO), y en su mayoría, los nacimien- tos de las crías se dan de noche, por lo que el alumbrado eléctrico y actividades en la playa altera su entorno.
“…ordenándose a las autoridades recu- rridas coordinar las acciones necesarias y adoptar las medidas pertinentes para que el alegado desove de las tortugas en el sector no se vea afectado por la con- taminación lumínica (…) hasta tanto la Sala no resuelva…”, cita textual del ex- pediente 20-023353-0007-CO.