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Imagen Ilustrativa

El próximo 2 de febrero es una fiesta electoral, por la democracia que vive en Costa Rica y la libertad que brinda de poder elegir a nuestros representantes municipales. De cara a las elecciones municipales Periódico Mensaje les comunica datos im­portantes para su conocimiento y preparación.

Existe una gran diferencia en las elecciones con los comicios de escala nacional, porque siempre se vota más en las zonas urbanas que en las zonas rurales, y un claro ejemplo de esto fueron las votaciones para presi­dente del año pasado, donde se centró con más fuerza en las provincias de San José, Alajuela, Heredia y Car­tago, todo lo contrario, en Guanacaste y Limón.

Sin embargo, este fenómeno cambia, en las elecciones municipales, donde la provincia tiene una mayor par­ticipación. En el caso de Guanacaste el cantón que con mayor participación en estas votaciones fue Hojancha con 70%, sus ciudadanos son personas preocupadas por el bienestar de su comunidad, el que tiene menor participación es el cantón de Liberia en las últimas elecciones realizadas llegó al 31% de asistencia a las urnas. A nivel general Guanacaste ha sido una provin­cia que tiene un excelente comportamiento en las vota­ciones municipales.

“El gobierno local se encuentra más cercano a la ciu­dadanía y se hace más presente en las zonas rurales, las personas que viven fuera de la Meseta Central, encuen­tran en estás autoridades la resolución de los problemas que existen en los cantones, como lo es la limpiezas de vías, el ordenamiento territorial, la seguridad ciu­dadana, la educación, la atención de emergencias y el mejoramiento de las vías de comunicación, permisos de patentes” mencionó Hugo Picado, Director del Ins­tituto de Formación y Estudios en Democracia órgano adscrito al Tribunal Supremo de Elecciones a Periódi­co Mensaje.

Luego agregó: “El voto en las elecciones municipales es de suma importancia porque tiene que ver con los in­tereses más directos de los ciudadanos de la localidad”

A continuación, les presentamos un cuadro informa­tivo con las funciones de Alcalde (sa), Regidores(as), Síndicos (as), Concejo Municipal, Concejo de Distrito e Intendentes (as).

Alcalde (sa)

Regidores (sa)

Síndicos (as)

Concejo Municipal

Concejo de Distrito

Intendentes (as)

• Ejercer las funciones in­herentes a la condición de administrador general y jefe de las dependencias municipales, vigilando la organización, el funciona­miento, la coordinación y el fiel cumplimiento de los acuerdos municipales, las leyes y los reglamentos en general.

• Administración Pública.

Asistir, con voz pero sin voto, a todas las sesiones del Concejo Municipal, asambleas, reuniones y demás actos que la muni­cipalidad realice.

• Pedirle al Presidente Municipal la palabra para emitir el criterio sobre los asuntos en discusión.

• Formular mociones y proposiciones.

• Pedir la revisión de acuerdos municipales.

• Procurar la defensa y promoción de los intere­ses municipales.

• Representar al Ayunta­miento en los litigios en que este forme parte.

• Certificar que las autori­dades y los servidores pú­blicos del municipio cum­plan con las disposiciones contenidas en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos fede­rales, estatal y municipal

• Acordar los presupuestos y aprobar las contribucio­nes, tasas y precios que cobre por los servicios municipales, así como proponer los proyectos de tributos municipales a la Asamblea Legislativa.

• Dictar los reglamentos de la Corporación, confor­me a esta ley.

• Organizar, mediante re­glamento, la prestación de los servicios municipales.

• Celebrar convenios, comprometer los fondos o bienes y autorizar los egresos de la municipa­lidad, excepto los gastos fijos y la adquisición de bienes y servicios que es­tén bajo la competencia del alcalde municipal.

• Recomendar al Conce­jo Municipal el orden de prioridad para ejecutar obras públicas en el distri­to, en los casos en que las instituciones estatales des­concentren sus decisiones.

• Proponer al Concejo Municipal la forma de uti­lizar otros recursos públi­cos destinados al respecti­vo distrito.

• Emitir recomendaciones sobre permisos de paten­tes y fiestas comunales correspondientes a cada distrito.

• Son cargos para los que aplican las mismas reglas del juego que para las al­caldías y vicealcaldías, respectivamente, y de he­cho su función es la mis­ma. Las intendencias junto con el Concejo Municipal de Distrito fueron creadas en 8 distritos del país, que por su lejanía respecto del distrito central del cantón al que pertenecen, han re­querido de instrumentos que les permitan mayor autonomía para su desa­rrollo.


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