ARESEP homologa la estructura tarifaria en el sector de agua
El sector de acueducto y alcantarillado tendrá la misma estructura tarifaria.
Periódico Mensaje
El sector de acueducto y alcantarillado tendrá la misma estructura tarifaria.
El sector de acueducto y alcantarillado tendrá la misma estructura tarifaria.
Tarifa Social brinda un tratamiento diferenciado a usuarios catalogados en condición de pobreza y pobreza extrema.
La estructura tarifaria es la forma en como los abonados pagan el servicio de agua potable y por ende las empresas prestadoras del servicio reciben los ingresos.
La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) homologó la estructura tarifaria en el sector de agua para todos los prestadores (Asadas, ESPH y el AyA).
Esta nueva estructura tarifaria busca priorizar el uso del recurso hídrico y la eficiencia en la gestión por parte de los prestadores, de tal manera que se contribuya con la disponibilidad del recurso en el tiempo ante el cambio climático, la escasez, los problemas de racionamiento actuales e infraestructura insuficiente.
El Intendente de Agua, Marco Cordero Arce, señaló “esta nueva estructura tarifaria brinda un esquema de sector a todos los prestadores del servicio público de acueducto y alcantarillado (Asadas, ESPH y el AyA), pero a la vez también permitirá promover un uso adecuado y sostenible del recurso hídrico, de tal manera que disminuyan los gastos desmedidos y por ende obligan a los prestadores a realizar sobreinversiones en infraestructura, que es muy honorosa simplemente porque se tienen hábitos de consumo que son excesivos e incluso abusivos”.
Las principales variaciones pretenden dar señales claras a todos los usuarios del país con respecto a un uso eficiente del recurso, de tal manera, que si bien no se limita el consumo por usuario, quien consume más pagará más. Para implementar estos cambios se analizaron los comportamientos de consumo de cada uno de los usuarios del servicio para los distintos prestadores y se homologaron de la siguiente manera las categorías de abonados:
Residencial: incluye casas de habitación y apartamentos destinados para el uso exclusivo de alojamiento permanente o de larga estancia.
Grandes consumidores: incluye condominios, apartamentos y caseríos que utilizan macromedidor.
Comercio y servicios: incorpora empresas del sector comercio y servicios, en donde el servicio de acueducto es utilizado con la finalidad de vender productos terminados o brindar servicios. Esta categoría aplica para todos los establecimientos del gobierno incluido el Gobierno Central y los centros comunales, excepto hospitales, clínicas y Ebais, las empresas públicas e instituciones descentralizadas.
Industrial: Sector industrial que utilizan el servicio de acueducto con la finalidad de elaborar productos a partir de materias primas o ensamblarlos para su venta.
Preferencial: Centros de carácter social: educación pública, religiosos, protección niñez y vejez; atención población en indigencia y hospitales públicos.
Grandes consumidores residenciales de bien social: incluye condominios que utilizan un macromedidor y que son catalogados de bien social formalmente establecidos como tal por parte del Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi) o por parte de la institución del Estado que disponga de esa competencia.
Se crearon agrupaciones representativas de los volúmenes de agua consumidos para todas esas categorías. Los consumos promedios tienen poca afectación en precios, procurando que los usuarios se sitúen en estos consumos y la facturación sea beneficiosa para sus presupuestos familiares, comercio, servicios, micro y pequeña industria.
En las siguientes imágenes se aprecian los consumos promedios y la poca afectación en las tarifas:
Además, por primera vez a nivel nacional se implementa el subsidio focalizado dirigido a la población que se encuentra en condición de pobreza básica y pobreza extrema según el Sistema Nacional de Registro Único de Beneficiarios (SINIRUBE) del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS).
Por medio de la tarifa social, quienes están en condición de pobreza básica recibirán un beneficio del 25%, mientras que en los casos de pobreza extrema el beneficio corresponderá al 50%, en ambos casos aplicará sobre el consumo de los primeros 15 metros cúbicos.
En el siguiente cuadro se aprecian ejemplos de las tarifas aplicadas según la nueva estructura tarifaria y las tarifas anteriores para el caso del AyA.