El Poder Ejecutivo entregó, este jueves, a la Comisión de Ciencia y Tecnología de la Asamblea Legislativa el proyecto de ley denominado Ley de Educación Dual y Formación Técnica Dual.
La Educación y Formación Técnica Profesional en Modalidad Dual permite a las personas formarse en dos ámbitos de aprendizaje: una institución educativa (colegios técnicos públicos y privados, centros educativos parauniversitarios, universidades públicas y privadas y el Instituto Nacional de Aprendizaje) y una empresa formadora.
El objetivo de dicha propuesta es dotar a las personas estudiantes (mayores de 15 años) de conocimientos, habilidades y destrezas que le permitan su incorporación y adaptación al mundo laboral.
Además, pretende que los alumnos adquieran experiencia profesional bajo ambientes de aprendizajes alternos entre las instituciones educativas y las empresas formadoras, fortalecer las competencias profesionales y fomentar una transición adecuada de las aulas al trabajo.
El proyecto de ley propone la creación de un fondo especial de becas para la educación y formación técnica dual a cargo del Instituto Nacional de Aprendizaje. Ese fondo se alimentará, como mínimo, del 1% del presupuesto ordinario del INA.
También autoriza a la Comisión Nacional de Préstamos para la Educación (CONAPE) a financiar estudiantes que deseen matricular la modalidad dual.
Creación de comisión asesora
El planteamiento del Poder Ejecutivo crea una Comisión Asesora de la Educación Técnica Dual, la cual tendrá un carácter consultivo y estará adscrita al Ministerio de Educación Pública (MEP).
“Este aspecto es de suma importancia porque no se está creando otra institución u órgano desconcentrado para regular la educación dual”, declaró Edgar Mora Altamirano, ministro de Educación Pública.
El fin principal de la Comisión Asesora será promover la educación y formación técnico profesional, asesorar a las autoridades y lograr una articulación entre el sector público y privado.
La Comisión Asesora estará integrada por el ministro de Educación Pública, el ministro de Trabajo y Seguridad Social, el presidente ejecutivo del Instituto Nacional de Aprendizaje, un representante del Consejo Nacional de Rectores, un representante de la Unidad de Rectores de Universidades Privadas, un representante de la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado y un representante sindical.
Las personas designadas para dicha comisión no recibirán pago de dietas por sus funciones.
Empresas formadoras
El texto enviado a la Asamblea Legislativa establece que las empresas formadoras que impartan educación y formación técnica dual deben cumplir con los siguientes requisitos como aplicar los programas vigentes, disponer de recurso humano certificado que acompañe a los estudiantes como mentores y contar con los recursos materiales mínimos requeridas.
También deben suscribir pólizas de responsabilidad civil para cubrir a los estudiantes, estar al día con las cuotas obrero-patronales y suscribir un convenio con los centros educativos que provienen los jóvenes.
Las compañías deberán facilitar una formación metódica, sistemática y acorde al programa de estudios de cada especialidad, no podrán recibir más estudiantes de su capacidad instalada, permitir al personal de los centros educativos visitar sus instalaciones e informar a las instituciones educativas sobre las faltas en las que incurra el estudiante.
La relación entre la empresa formadora y el centro educativo estará regulada por un convenio que deberá indicar las obligaciones de cada una de las partes, periodo de la relación y las causas para la finalización anticipada del convenio.
Centros educativos
Por su parte, los centros educativos que ofrezcan la modalidad dual deberán dar acompañamiento pedagógico a los estudiantes, suministrar el material didáctico, realizar las evaluaciones correspondientes y otorgar los diplomas.
Además, deberán coordinar, junto con las empresas, el proceso de selección de las personas interesadas en la modalidad dual.