- Los criterios de selección son de los clientes, se puede elegir varios y a cada uno se le asigna un porcentaje de los fondos hasta completar el 100%.
Los clientes bancarios deben nombrar beneficiaros para productos como: cuentas corrientes, de ahorro, pensión voluntaria y fondos de inversión entre otros, esto permitirá tener mucha tranquilidad a los designados en caso de fallecimiento del titular de la cuenta u otros productos y además evitará trámites con las entidades bancarias e incluso con entes judiciales.
Los beneficiarios se designan desde el momento de apertura los productos financieros y es tan sencillo como indicarlos en el formulario de trámite que le facilitará el asesor bancario.
La importancia de los beneficiarios Catherine Campos Mathieu, ejecutiva empresarial de planes voluntarios de BN Vital explica que es la forma de dirigir el dinero que una persona dejó luego de su partida. “De no elegir beneficiarios, los familiares que quieran solicitar el dinero, porque consideran que tienen ese derecho, deberán acudir a un juzgado o un proceso judicial para solicitarlo”, explicó Campos.
Este tipo de procesos generalmente suelen ser largos y burocráticos, se recomienda que todos los clientes verifiquen que en sus productos financieros se tengan a sus beneficiarios actualizados, con la información de contacto al día y detallada. El cliente titular de la cuenta tiene la libertad de cambiar a la persona beneficiada por las razone que considere
Los beneficiarios: Los criterios de selección de los beneficiarios son de los clientes, se puede elegir varios y a cada uno se le asigna un porcentaje de los fondos hasta completar el 100%. Los designado usualmente son familiares o personas de mucha confianza, pueden ser menores de edad y en este caso la persona con la patria potestad del menor será la responsable de estos fondos hasta que el menor cumpla su mayoría de edad y pueda hacer uso de ellos de forma legal.
El retiro: El trámite varía en función del tipo de fondo, pero para todos los casos se debe presentar el certificado de defunción y cédula de la persona fallecida. En el caso de BN Vital, se procede de la siguiente forma:
Fondo de Capitalización Laboral (FCL): Se debe tramitar a través del Juzgado de Trabajo debido a que este fondo forma parte del auxilio de cesantía.
Régimen Obligatorio de Pensión (ROP): Para este fondo, quien designa los beneficiarios en primera línea, es el Régimen Básico, es decir la CCSS o sustituto, por lo tanto, se debe solicitar la certificación de beneficiarios y entregarla en la operadora de pensión.
Solamente en caso de que el régimen básico no designe beneficiarios, se le entregará a los designados en el contrato que firmó con la operadora de pensión.
Plan Voluntario de Pensión: los beneficiarios son los designados por el afiliado en el contrato. La persona designada solamente debe presentarse a la operadora con su cédula.
En caso de no haber beneficiarios en los regímenes básicos establecidos, se verificaría con los que el afiliado fallecido haya designado en el contrato con la Operadora de Pensiones Complementaria.
Si no existieran beneficiarios en el contrato con la Operadora, las personas interesadas deberán iniciar el proceso judicial.