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  • Cáñamo industrial es un producto con múltiples aplicaciones como fibra textil, semillas, biocombustible, plástico biodegradable, entre otros usos.
  • Investigaciones se amparan en las excepciones contempladas en la Convención Única sobre Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, reconocida por Costa Rica desde 1970; así como en Dictamen C-079-2018, de la Procuraduría General de la República.
  • SFE estableció requisitos fitosanitarios para la importación de semillas y material in vitro desde varios orígenes.

Al país ingresaron las primeras plántulas in vitro de cáñamo industrial, Cannabis Sativa L. Sativa, y gracias al trabajo articulado de varias entidades del Sector Agropecuario ya se están haciendo las pruebas del comportamiento en campo de diferentes cultivares, tanto en la región Chorotega como en la región Huetar Caribe.

“Al país fueron ingresados tres cultivares de la especie que es usada para la producción de fibras, semillas y aceites esenciales, la cual registra un bajo nivel de THC (tetrahydrocannabinol) y un alto nivel de CBD (Cannabinol).   Es material de cultivo de tejidos, debidamente certificado, que se están usando para realizar las verificaciones de comportamiento”, detalló Arturo Solórzano Arroyo, director del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia de Tecnología Agropecuaria, INTA, entidad adscrita al MAG.

El Servicio Fitosanitario del Estado, SFE, entidad también adscrita al MAG, por su parte, estableció los requisitos fitosanitarios de importación, mediante el correspondiente Análisis de Riesgo de Plagas (ARP), el cual habilita la importación de semillas y material in vitro desde múltiples orígenes.

Con el objetivo de facilitar la importación de las plántulas necesarias para realizar la evaluación sobre la adaptabilidad de los cultivares de Cáñamo industrial, se suscribió un convenio de cooperación técnica, con la participación del INTA y la Fundación para el Fomento y Promoción de la Investigación y Trasferencia de Tecnología Agropecuaria de Costa Rica, FITTACORI.

Para el ministro de Agricultura y Ganadería, Renato Alvarado Rivera, estas investigaciones facilitarán el proceso de desarrollo de la actividad productiva, una vez que el país cuente con la normativa que permita desarrollarla. “Al final de esta investigación, el INTA contará con información valiosa sobre la adaptabilidad del cultivo de cáñamo industrial en las regiones donde se realizará el estudio, lo que le permitirá ejecutar nuevos procesos de investigación para la adaptación de la tecnología de producción a las condiciones locales.  El INTA es la primera institución nacional de investigación que incursiona en estudios del cultivo, brindándole posicionamiento en el sector agropecuario. Esto acorta los procesos de aprendizaje sobre la actividad, para transferir de manera ágil los resultados a las personas interesadas en desarrollar el cultivo, una vez que el país y los legisladores definan la normativa legal que regirá esta actividad”, dijo el jerarca del Sector Agropecuario.

Las investigaciones que realiza el INTA se extenderán por aproximadamente seis meses y se evaluarán en total 12 cultivares de cáñamo. Estas evaluaciones permitirán determinar las condiciones agronómicas, agroecológicas, y la susceptibilidad a plagas y enfermedades, en dos regiones del país (trópico húmedo y trópico seco).

El cáñamo industrial es un producto que tiene múltiples aplicaciones, por ejemplo, como fibras textiles; semillas que se pueden consumir crudas, molidas en forma de harina o prensadas en aceite, e incluso se usan para fabricar leche de cáñamo; como aceite, en productos de cuidado personal; en la fabricación de cuerdas, textiles, biocombustibles, así como plásticos biodegradables.

El Gobierno ha manifestado su decisión de impulsar el cultivo del cáñamo con fines industriales, como una opción para la reactivación económica, dado el interés que diversos grupos agroproductivos han expresado para el desarrollo de la actividad.

Los ensayos que desarrolla el INTA tienen como fundamento legal, las excepciones contempladas en la Convención Única sobre Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, reconocida por Costa Rica desde 1970; así como el Protocolo de Modificación de la Convención Única sobre Estupefacientes (Ley N° 5168 del 25 de enero de 1973.), en los cuales se posibilita la utilización y procesamiento de estas sustancias con fines médicos y científicos.  Lo anterior fue ratificado por la Procuraduría General de la República, mediante el Dictamen C-079-2018, del 19 de abril del 2018, para la producción controlada, la importación, el procesamiento y transformación, entre otras, para el desarrollo de investigaciones científicas con múltiples propósitos


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