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En Liberia se encuentra la unidad de impugnación correspondiente a la provincia de Guanacaste

En Liberia se encuentra la unidad de impugnación correspondiente a la provincia de Guanacaste

El Consejo de Seguridad Vial (COSEVI) indica que quienes necesiten apelar un parte, pueden realizarlo en la sede más cercana al sitio en donde recibieron la multa. Esto con el fin de brindar una mayor agilización del trámite correspondiente.

El mismo se podrá realizar de manera personal, o bien vía correo o fax, no es necesario trasladarse hasta la provincia de San José para impugnar la sanción.

Según COSEVI, existen 12 Unidades de Impugnación en el país para dar soluciones prontas y en donde se pueden realizar los trámites de manera personal. Sin embargo también está disponible la opción del fax o bien el correo electrónico: recepcióEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., sin embargo para esta alternativa es fundamental que el escrito incluya una firma digital de la persona impugnada.

La Firma Digital no requiere de la autenticación de un abogado, pero son aceptadas únicamente las expedidas por una oficina del Registro Oficial del Banco Central de Costa Rica, autorizada para emitir estos certificados.

De igual manera, se puede enviar por fax, al número 2010-4701 en San José, o al número de fax de cualquier otra sede.

Requisitos

Para el proceso se deben adjuntar los documentos adicionales como la copia de la cédula de identidad y las pruebas deben enumerarse y aportarse como anexos o escanearse en un solo documento. Las imágenes no pueden superar el peso de 10 megabytes, si se remite por correo electrónico.

El interesado tiene 10 días hábiles para poder apelar una multa, a partir del día hábil siguiente a la fecha que la recibió (no se cuentan días feriados o sábado o domingo o los días que las oficinas estén cerradas, como en Semana Santa o fin de año).

El Director Jurídico del Consejo, Lic. Carlos Rivas, enfatizó en que la impugnación debe realizarse cuando realmente se percibe que se cometió un error por parte del oficial de Tránsito y se tienen pruebas de peso para ello. “Es habitual que se impugne solo como una posibilidad de que se les dé la razón, pese a que saben que cometieron la falta, con el fin de atrasar el cobro y la responsabilidad”.

Rivas también recordó que las multas de Tránsito prescriben a los 7 años, así que cualquier persona que quiera renovar la licencia, que se da por un máximo de 6 años, tendrá que pagar la multa para poder sacar la licencia nueva.

 

Números telefónicos y de fax de Unidades de Impugnación

Sede

Teléfonos

Fax

San José

2010-4619, 2010-4620, 2010-4621, 2010-4622, 2010-4623

2010-4701

Heredia

2263-2912 (Delegación de Tránsito)*

2010-4729

Puntarenas

2010-4663, 2010-4632 (Delegación de Tránsito)*

2256-3015

Alajuela

 2441-7411 (Delegación de Tránsito)*

2430-7105

Guápiles

2710-6816 (Delegación de Tránsito)*

2710-6994

Limón

 2010-471, 2010 4715, 2010-4716

 2797-1734

Cartago

2591-6949, 2552-6961 (Delegación de Tránsito)*

2010-4730

P. Zeledón

 2771-7848, 2010-4695, 2010-4692, 2010-4693, 2010-4694

2771-7748

Liberia

2010-4698, 2010-4699, 2010-4697, 2010-4698, 2665-6291

2665-6281

San Ramón 

2445-5985/FAX 2788-8394 Ext. 126 (Delegación de Tránsito)*

2445-6092

Osa 

2788-8394, ext. 125 (Municipalidad)*

2782-0000

San Carlos

2460-9841

2460-9841

Correo Electrónico para impugnar: recepcióEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

(*) Sitio en el que se encuentra la oficina

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