- La falta de sesiones de la Junta Directiva impide la emisión del Reglamento a la Ley de Trabajador Independiente No. 10363, requisito indispensable que impide que miles de trabajadores
- El problema también es que se activan cobros indiscriminados de deudas ya prescritas.
El Movimiento Borrón y Cuenta Nueva, en un esfuerzo por garantizar la protección de los derechos de los trabajadores independientes de nuestro país, envió una carta pública a la Licda. Gabriela Artavia Monge, Gerente Financiera de la Caja Costarricense de Seguro Social, manifestando la urgente necesidad de que se apruebe a la brevedad el Reglamento correspondiente a la Ley de Trabajador Independiente No. 10363, que entró en vigencia el pasado 08 de mayo de 2023.
“La situación actual, caracterizada por la falta de sesiones de la Junta Directiva de la entidad, nos preocupa profundamente, ya que retrasa la creación y aprobación del reglamento destinado a implementar la Ley de Trabajador Independiente”, señala carta firmada por Joseph Ugalde Thompson, vocero del movimiento Borrón y Cuenta Nueva, que agrupa actualmente a miles de trabajadores independientes, entre los que están costureras, pescadores artesanales, agricultores, carpinteros, estilistas, taxistas, panaderos, profesionales liberales, etc.
Más allá de la importancia que claramente tiene la emisión de este Reglamento, que tiene como fin instrumentalizar una ley que establece su vigencia desde el momento de publicarse en mayo pasado, igualmente es necesario evidenciar las acciones que a lo largo del 2023 ha tomado la Junta Directiva de la CCSS, como máximo jerarca institucional con el fin de proteger a los trabajadores independientes del país, dentro de una coyuntura de emisión de la ley 10 363 en primer lugar y posteriormente el plazo de 6 meses desde su entrada en vigencia hasta la emisión del reglamento.
Mediante los acuerdos del artículo 02 de la sesión N°9315 del 27 de febrero de 2023, la Junta Directiva acordó por primera vez suspender la condición de morosidad de los trabajadores independientes por un período de 4 meses a partir de la firmeza de dicho acuerdo (ocurrida en la fecha señalada). Durante el plazo señalado, entró en vigor la Ley de Trabajador Independiente (08 de mayo de 2023). Al finalizar el plazo original y como consecuencia del artículo 7° de la Sesión No. 9346 del 22 de junio de 2023, la Junta Directiva de la Caja, estableció en su Acuerdo Primero que las acciones de morosidad, embargos y
ejecuciones contra los trabajadores independientes se suspenderían y prorrogarían mientras no se emitiera el Reglamento para la Ley del Trabajador Independiente.
De lo señalado, podemos entender con claridad que, mientras no se emita el reglamento a la Ley de Trabajador Independiente”, el beneficio original de suspender la condición de morosidad por no continuarse desde la Gerencia Financiera, las acciones determinativas de cobro y actuaciones de embargo y ejecución en contra de los trabajadores independientes, continúa en firme hasta que la norma se emita y se encuentre en funcionamiento.
Tal acuerdo, que entendemos fue votado en firme por la Junta Directiva, no tendría a la fecha otra disposición posterior que afecte, o más importante aún, elimine lo acordado, motivo por el que entendemos que toca a la institucionalidad de la Caja (Gerencia Financiera incluida), acatar la orden.
De existir razones que legal o técnicamente afecten o vuelvan inaplicable el acuerdo previamente referido, no son a la fecha de conocimiento del Grupo Borrón y Cuenta Nueva, y más importante aún, no nos corresponde el análisis vinculante que determine que no debe aplicarse el acuerdo. Lo que sí nos corresponde, como representantes legítimos de un movimiento que se consolida y crece cada día más, es exigir que se aplique lo que entendemos es un acuerdo vinculante del jerarca de la Caja, comentó Ugalde.
El interés de nuestra agrupación, escapa a valoraciones coyunturales institucionales y específicas, incluyendo cuestionamientos personales a miembros de la Junta Directiva de la CCSS y se enfoca en exigir que la Institución, mantenga lo que entendemos fue una lectura correcta del máximo jerarca que, en el momento de su emisión, habría valorado la situación crítica en la cual se encuentran muchos trabajadores independientes y que al contar con una disposición como la Ley 10.323, puede paliativamente aligerar sus cargas y valorar acercarse a formalizarse dentro de la Seguridad Social.
Entendemos con lo expuesto que la Caja es autónoma y, por ende, sus decisiones escapan al accionar de otras autoridades del país y, dentro de ese mismo marco, su Junta Directiva operó una acción coyuntural de suspensión de cobro de cuotas para ayudar a uno de los sectores esenciales que conforman el sistema de seguridad social del país y con el que se tiene una deuda histórica. Esta decisión, además, se dimensionó dentro de un momento específico para dar tiempo a la aplicación del reglamento a una ley que, por cierto, no debería volverse un generador de conflicto, sino más bien de solución.
Con todo lo anterior, solicitamos con respeto y vehemencia a la Gerencia Financiera y a las autoridades de la Caja que actualmente operativizan las decisiones de la Junta Directiva, la aplicación literal del Acuerdo Primero, artículo 7° de la Sesión N°93 de Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, en tanto se normalizan las funciones del Órgano Colegiado y se pueda conocer del tema por su parte.
En este sentido, también nuestra firme solicitud a esa Junta Directiva, para que en el momento de volver a contar con su capacidad de funcionar regularmente, aclare cualquier duda técnica o legal planteadas por la Gerencia Financiera o dependencias institucionales, reiterando que tales aspectos, no deberían afectar el beneficio de suspensión de las cuotas.
En este contexto, y en defensa del derecho humano al acceso a la seguridad social para los trabajadores independientes en nuestro país, los integrantes de Borrón y Cuenta Nueva señalan las siguientes peticiones:
1) Solicitamos que se conserve la vigencia del Acuerdo Primero del artículo 7 de la Sesión No. 9346 del 22 de junio de 2023, que establece la suspensión de la morosidad, embargos y ejecuciones contra los trabajadores independientes, hasta que se promulgue el Reglamento para la Ley del Trabajador Independiente, según lo dispuesto por la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social.
2) Instamos a que se agilice el proceso para llevar el Reglamento de la Ley del Trabajador Independiente ante la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, con el fin de su pronta implementación y promulgación.
El Movimiento Borrón y Cuenta Nueva se mantiene comprometido con la protección de los derechos de los trabajadores independientes y continuará abogando por medidas que promuevan su bienestar y seguridad económica.