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Crédito de foto: RNVS Ostional
Crédito de foto: RNVS Ostional
  • Tribunal Contencioso Administrativo respalda vigencia de reglamento de construcciones para zona de amortiguamiento del Refugio de Vida Silvestre Ostional (RVS Ostional).

El pasado 22 de marzo el Tribunal Contencioso Administrativo rechazó una medida cautelar que pretendía suspender la aplicación del reglamento municipal para el otorgamiento de permisos de construcción en la zona de amortiguamiento del Refugio Nacional de Vida Silvestre Ostional; resolución que viene a respaldar el interés de la Municipalidad de Nicoya y de la Asociación Cívica de Nosara, por proteger los recursos naturales y procurar un desarrollo de la mano con la naturaleza. 

La medida para suspender el reglamento se había solicitado como parte de una demanda interpuesta en abril de 2020 ante el Tribunal Contencioso Administrativo contra la Municipalidad de Nicoya por la sociedad JBR Capital Ventures.

No obstante, el tribunal justificó su resolución indicando: “Se ha ponderado que el interés corporativo de la empresa actora, no puede menoscabar el interés público que implica la protección a las especies de flora y fauna del Refugio Ostional, en este particular se debe atender al principio precautorio en materia ambiental o indubio pro natura, para impedir la posible degradación de un corredor biológico de diversas especies de fauna”.

De esta forma, la Municipalidad de Nicoya y la Asociación Cívica de Nosara, como coadyuvante pasivo en la demanda, obtienen una primera victoria en el proceso judicial.

“Nos sentimos muy complacidos con esta primera resolución que reconoce el interés de la municipalidad en conciliar el desarrollo de los pueblos costeros con la sostenibilidad ambiental; y por ello, el objetivo del reglamento es asegurarse que los nuevos permisos de construcción que se otorguen en la zona de amortiguamiento del Refugio Ostional, procuren atenuar su impacto sobre la naturaleza, la biodiversidad y los mantos acuíferos de la zona”, comentó el Alcalde de Nicoya, Carlos Armando Martínez Arias.

El territorio de amortiguamiento comprende un área de 5 kilómetros a partir del límite del refugio hacia el continente, incluyendo las comunidades de Guiones y Pelada.

Entre las medidas que establece el reglamento se encuentran:

  • Que las construcciones no podrán tener más de 3 pisos de altura.
  • La cobertura constructiva no podrá exceder el 50% de la propiedad.
  • Edificaciones deberán tener un sistema de tratamiento de aguas.
  • En cuanto a la iluminación externa, ésta no podrá ser directamente visible desde la playa y el voltaje de los bombillos no podrá ser mayor a 50 watts.

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