Luego de recibir una notificación comunal, la Municipalidad de Nicoya clausuró este jueves de forma inmediata la construcción de drenajes de concreto que salían de un restaurante con rumbo al mar en la playa de Sámara, los cuales carecían de permisos y estudios ambientales.
Al lugar se hicieron presentes funcionarios municipales de los departamentos de Control Constructivo y Obra Pública, Zona Marítimo Terrestre y de Gestión Ambiental, acompañados por miembros de la Fuerza Pública dado a la gran cantidad de vecinos que se hicieron presentes al lugar. Se ordenó no continuar con la actividad propia de la construcción de la obra por no contar con la respectiva licencia municipal (Art. 74 de la Ley de Construcciones y Art. 57 de la Ley de Planificación Urbana.
“Primero, para construir en zona pública se debe de gestionar, clausuramos porque no hay un permiso de construcción, también estuvo el Departamento de Gestión Ambiental porque notamos en época de verano salga tanta agua. Nos da la sospecha de que hay aguas conectadas a ese sistema de drenaje, que no sea solo pluvial, sino también aguas negras”, explicó Josué Ruiz Guerrero, coordinador del Departamento de Control Constructivo y Obra Pública de la Municipalidad de Nicoya.
Para un permiso de estos se requiere de todo un trámite al ser zona pública, “habría que hacer un estudio técnico justificando todo, en ese lugar y en el área de Sámara en general. Eventualmente si se obtiene, tendrían que registrar profesionales responsables de los diseños, presentar los mismos y cuando tengan el aval de la Zona Marítimo Terrestre y del Instituto Costarricense de Turismo (ICT) sería verificada. En este caso, por ser en la playa, tendría que estar sujeto a la viabilidad ambiental, ser valorado por Setena, y ahí también entraría la contaminación visual, estética, que siempre se piden en proyectos costeros”, añadió Ruiz.
En tanto, por parte del sector ambiente, “se hizo un acta en el lugar de los hechos y se tomó la información necesaria para hacer efectiva una notificación en conjunto con el Ministerio de Salud para efectos de remediación ambiental”, indicó Jorge Isaac Esquivel, coordinador del Departamento de Gestión Ambiental de este municipio.
Ante este caso, u otro similar, se le advierte al propietario o constructor sobre el Art. 319 del Código Penal que dice: “Será reprimido con prisión de tres meses a dos años, el que violare los sellos puestos por la autoridad sobre una cosa. Si el responsable fuere funcionario público y
hubiere cometido el hecho con abuso de su cargo, el máximo de la pena se elevará hasta tres años”.