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El país lleva más de 20 años discutiendo sobre la necesidad de una ley que proteja el recurso hídrico, por la trascendencia que tiene para las generaciones futuras. Sin embargo, la ley aprobada en noviembre de 2017 fue desautorizada por la Sala Constitucional, por haberse aprobado incumpliendo procedimientos legislativos.

De acuerdo con el Lic. Pablo Rodríguez, de la Dirección Jurídica del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, el principio de conexidad es más estricto y riguroso en proyectos de iniciativa popular, esto se presenta en la conexión entre el texto original y el aprobado. Además, se introdujeron cambios sustanciales en los objetivos y en el propósito original, por ello el procedimiento fue declarado inconstitucional.

Debido a dichos errores en el trámite, el “Proyecto de Ley de Gestión Integrada del Recurso Hídrico” está prácticamente enterrado y deberá discutirse nuevamente en la Asamblea.

Bajo este panorama y de acuerdo con la ex diputada Maureen Ballestero, existen varias alternativas legislativas: presentar uno o varios proyectos de ley nuevos partiendo de cero; aprovechar la existencia del proyecto 20212 en la Comisión de Ambiente e introducir un texto sustitutivo con la propuesta consensuada, o bien avanzar con reformas parciales a partir de leyes parciales.

Según la ex legisladora lo previsible es iniciar un nuevo trabajo de convencimiento. “El costo de no hacer nada es muy alto. Si bien no es una ley perfecta es un paso fundamental en la dirección correcta y un avance significativo sobre la situación actual”, explicó.

Ballestero formó parte del grupo de expertos que abordó el tema de la legislación del recurso hídrico en Costa Rica, en el marco del 6to Congreso Nacional de Ambiente.

“Una nueva ley otorga seguridad jurídica, las reformas se plantean en momentos donde hay capacidad para actuar y no por presión o emergencias, se buscan equilibrios para todos los usuarios y no beneficios para un solo sector”, agregó.

A lo largo del proceso de consulta los textos del proyecto de ley han ido variando, sin embargo, a criterio de los expertos siguen manteniendo aspectos esenciales entre ellos: el agua como bien de dominio público, el derecho humano al agua y saneamiento, uso múltiple del agua, organiza la institucionalidad con la rectoría de la Dirección de Aguas- MINAE; exige la obligación de planificar, además el esquema de concesiones se mantiene.

La ley que rige actualmente data de 1942 y es una de las más antiguas de América Latina. Las condiciones eran muy diferentes en ese momento, cuando el país tenía 687 000 habitantes y cuando el recurso hídrico era inagotable, no contaminado y abundante. En ese entonces el objetivo de la ley era regular el aprovechamiento entre los pocos concesionarios: hidroeléctricas y sector agrícola.

El escenario actual muestra serios problemas de contaminación de aguas superficiales y subterráneas 25 de 34 cuencas. Asimismo, existe una sobre explotación de acuíferos, especialmente costeros, se presenta agotabilidad de fuentes para poblaciones y existe un déficit de infraestructura hídrica.

De acuerdo con Ballestero, la carencia de una legislación acorde a la realidad del país generaría inseguridad hídrica de carácter físico y económico, provocando limitaciones al desarrollo de proyectos de vivienda, industria, inmobiliarios y turismo.


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