Pida el combo que trae por lo menos casco, si compra para Navidad bicicletas o patines a sus hijos
El casco no es obligatorio, pero sí muy necesario, más si los niños no saben usar estos vehículos.
Patines y patinetas, autopropulsados, o no, son ilegales en las vías públicas (aceras y carreteras).
Bicicletas sí pueden usarse en las carreteras, pero menores de 6 años deben ir acompañados de personas de más de 15 años.
Es ilegal enseñar a conducir bicicleta en rutas con velocidades permitidas de 40 km/h o más.
Periódico Mensaje
Si los papás le ayudan a Santa Claus o al Niñito a comprar los regalos de Navidad de sus hijos, es muy importante incluir la seguridad mínima en obsequios como bicicletas, patines o patinetas.
Así, incluir al menos el casco para la protección de la cabeza es fundamental para que la post Navidad y la temporada de vacaciones sea una época bonita, positiva, alegre, en la que se reduzcan riesgos de lesiones en la cabeza, más si ese pequeñín o esa chiquitilla apenas están aprendiendo a usar esos regalos con ruedas, solicitó Martín Sánchez Agüero, subdirector de la Policía de Tránsito.
El funcionario quiso recalcar que las coderas y las rodilleras y cualquier otro aditamento de seguridad son bienvenidos, reduciéndose así, todavía más, el riesgo de pasar las vacaciones, fin y principio de año, “chineando” un yeso.
La solicitud es extensiva a esa madrina, a ese tío chineador o a esos abuelitos alcahuetes que les darán este tipo de presente a los niños de la familia.
Eso sí, recalcó Sánchez, estos complementos de seguridad no son obligatorios, pero sí muy recomendables. Incluso, podrían incluir en la bicicleta o asegurarse que ella traiga luces, por si ese niño o adolescente sale en un día oscuro o en la noche.
El consejo no solo es extensivo para quienes regalarán algún tipo de vehículo o juguete de este tipo, sino para ese adulto que se comprará una bicicleta, o hasta unos patines, para que, en función del auto cuido, incluya aditamentos de seguridad.
Estas recomendaciones surgen, con más razón, en momentos en los que más personas van recibiendo su aguinaldo y lo utilizan para comprar los regalos de Navidad.
Bicicletas
Se insta a utilizar chaleco o ropa reflectante de la luz, cuando se viaja en una bicicleta. De igual manera, se recuerda que solo las bicicletas pueden usarse en las carreteras, no así los patines o las patinetas.
A su vez, se aclara que los niños de menos de 6 años pueden circular en bicicleta por las carreteras, en el tanto sean acompañados por alguna persona de 15 o más años.
Por otro lado, es ilegal enseñar a conducir bicicleta en carreteras cuya velocidad permita sea de 40 km/h o más, destacó Sánchez.
Finalmente, en las bicicletas solo debe viajar una persona, salvo que estén hechas para más de un ocupante y ese pasajero no debe tener menos de tres años.
Patines y patinetas
Los patines o patinetas, autopropulsados, o no, no son permitidos en las carreteras, con base en el artículo 124 de la Ley de Tránsito. La multa es de unos ¢26.000.
La legislación establece claramente que este tipo de vehículo no debe utilizarse en las carreteras ni en las aceras (tampoco las bicicletas en este último caso).
Respecto a patines y patinetas, agregó el funcionario, es un riesgo para los conductores el tener que esquivar a estas personas que, a veces, ni siquiera circulan en el sentido correcto del tránsito, pero, más todavía, es un alto riesgo para estas personas, ya que podrían ser atropelladas.
En el mismo sentido, usar estos aparatos en las aceras representa también un peligro para los peatones, dentro de los que se cuentan adultos mayores, niños o mujeres embarazadas, por dar algunos ejemplos de peatones más vulnerables.
Existen en diferentes sitios del país espacios para practicar con patines y patinetas, por ejemplo, de ahí que se pide recurrir a esos parques y lugares públicos y siempre con la protección debida.
Decomiso y devolución
Cuando estos vehículos son decomisados por la Policía de Tránsito, se debe pagar la multa para poder retirarlos; si el propietario tiene menos de 15 años, debe acompañarse por su responsable legal, como su mamá o su papá, para el trámite de reclamo del bien.
También, se les recuerda que toda persona mayor de 13 años debe portar una identificación, sea su Tarjeta de Identificación de Menores o la cédula de identidad, a partir de los 18 años.