El Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), en colaboración con el Ministerio de Salud, el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) inició la consulta pública sobre el decreto que busca regular y restringir el uso del Glifosato.
Con este decreto se busca prohibir el uso de este agroquímico para fines no agrícolas. Cuando el uso sea agrícola, el producto solo podrá venderse bajo receta, firmada por un profesional en Ciencias Agrícolas, incorporado al Colegio de Ingenieros Agrónomos.
Siendo consecuente con estas regulaciones, los envases y planfletos del Glifosato deberán llevar las leyendas “PRODUCTO DE USO RESTRINGIDO” y "VENTA BAJO RECETA PROFESIONAL".
El Servicio Fitosanitario del Estado (SFE) establecerá en conjunto con el Colegio de Ingenieros Agrónomos los lineamientos técnicos para la manipulación y aplicación, los cuales serán publicados en el sitio web de este ente. Por su parte, el Consejo de Salud Ocupacional del MTSS deberá realizar campañas informativas sobre las medidas de salud ocupacional que deben tener quienes manipulen el agroquímico en los casos de uso autorizado.
Los jerarcas del Ministerio de Agricultura y Ganadería, Ministerio de Salud, Ministerio de Ambiente y Energía y de Trabajo y Seguridad Social se reunirán cada 4 meses para ver el cumplimiento del decreto y cada año analizarán la nueva evidencia científica sobre el impacto en la salud, ambiente y agricultura, y en caso de que se encuentren irregularidades se tomarán las medidas correspondientes.
Este decreto estará en consulta pública durante los próximos 10 días hábiles, con el fin de recibir observaciones de los distintos sectores y mejorar su contenido. Una vez que se cuente con el texto definitivo y este se publique en la Gaceta, las personas físicas o jurídicas que fabriquen, formulen, comercialicen, y manipulen Glifosato, tendrán seis meses para cumplir con lo establecido en el decreto.