La Asamblea Legislativa aprobó en segundo debate, el proyecto que redactó y presentó el Poder Ejecutivo y que tiene como objetivo apoyar los esfuerzos para atender a las familias damnificadas por desastres, como los que se presentaron en el país producto de la Tormenta Nate.
El proyecto de ley es el Expediente 20.343 “Reforma al artículo número 50 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y Creación del BANHVI, Ley N°7052, del 13 de noviembre de 1986 para mejorar la atención de familias damnificadas por emergencias”.
Según explicó el Ministro de Vivienda y Asentamientos Humanos Rosendo Pujol, en un país con las características como las que presenta Costa Rica con numerosas y diversas amenazas en especial inundaciones y deslizamientos, la institucionalidad debe estar adecuadamente preparada para brindar soluciones efectivas a las familias que sean damnificadas por una emergencia.
Si bien el texto vigente del artículo 50 de la Ley 7052 establece la posibilidad de brindar un segundo subsidio a las familias que pierden su vivienda por una situación de emergencia, dicha posibilidad está sujeta a un monto máximo de hasta treinta salarios mínimos de obrero no especializado de la construcción, lo cual representa aproximadamente ¢7,500.000, al I Semestre del 2017.
El costo actual de la compra de un lote y la construcción de una vivienda nueva está por encima de los 30 salarios mínimos de obrero no especializado de la construcción establecidos como tope en la redacción actual del artículo 50 de la Ley N°7052, y que es el monto máximo que se le puede asignar a familias damnificadas, aún y cuando tengan recomendación de traslado.
La eliminación del tope establecido en el artículo 50 de Ley N°7052 permitirá al Sistema Financiero Nacional para la Vivienda contar con la posibilidad real de otorgar un segundo bono completo a las familias que en su momento accedieron al subsidio y que requieren de un traslado en atención a la pérdida de su vivienda por una situación de emergencia.
Por ello, el proyecto de ley pretende autorizar la entrega del bono a las familias que anteriormente hayan recibido el beneficio, pero que, por catástrofes, caso fortuito o fuerza mayor, hayan perdido la vivienda construida con los recursos del bono y requieran de un traslado; siempre y cuando la familia continúe reuniendo los requisitos para calificar como beneficiaria del subsidio, y que los seguros sobre el inmueble no cubran los daños ocasionados.
Dicho proyecto de ley fue dictaminado positivamente y por unanimidad en la Comisión de Asuntos Sociales y recibió el aval en el Plenario Legislativo.
El Ministro Pujol agradeció el apoyo de todos los diputados y diputadas de las diferentes bancadas que aprobaron esta iniciativa.
Con estas acciones promovidas por el Poder Ejecutivo y apoyadas por la Asamblea Legislativa, se espera apoyar a una mayor cantidad de familias damnificadas por desastres.