- Ley de Acceso a la Justicia para las Personas Consumidoras, aprobada en segundo debate el pasado 30 de marzo, brinda nuevas herramientas a la Comisión Nacional del Consumidor.
El Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), reafirma su compromiso con los consumidores, mediante el impulso que le brindó a la aprobación del Proyecto N° 22.901, Ley de Acceso a la Justicia para las Personas Consumidoras, aprobado por unanimidad de los Diputados y Diputadas presentes en segundo debate el pasado 30 de marzo.
Este proyecto reforma sustancialmente, por primera vez en casi 3 décadas, el Capítulo de Defensa del Consumidor de la Ley N° 7472 (Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor), que fortalece la protección efectiva de los derechos de los consumidores.
“Para un Ministerio de Economía que se ha propuesto a toda costa ser el Ministerio de los Consumidores, la aprobación de este proyecto es una excelente noticia y reconocemos a los señores diputados y señoras diputadas que con su voto provocarán que los consumidores, -o sea todas las personas-, cuenten con un instrumento moderno,eficiente y con más músculo“, manifestó Francisco Gamboa, ministro de Economía,Industria y Comercio.
Los principales ejes de esta iniciativa aprobada son los siguientes:
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Reducción de plazos. De ahora en adelante, la Comisión Nacional de Consumidor (CNC), contará con herramientas para tramitar las denuncias de forma más expedita, reduciendo los tiempos de espera que sobrepasan los 3 años y medio. Con esto el consumidor obtendrá una respuesta más pronta y podrá hacer efectivo de manera más ágil su derecho como consumidor.
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Ejecutoriedad de las sanciones. En adelante, los actos administrativos finales emitidos por la CNC que contienen una orden para el proveedor, como, por ejemplo, la devolución del dinero pagado o la entrega de un producto nuevo, tendrán fuerza ejecutiva. Es decir, si el proveedor no cumple, el consumidor podrá acudir a un proceso de ejecución de sentencia en vía judicial a exigir su cumplimiento.
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Nulidad de las cláusulas. Uno de los principales problemas que enfrenta el consumidor son contratos con cláusulas contradictorias o que no se logran entender. A partir de la entrada en vigencia de esta ley, la CNC tendrá la facultad de declarar la nulidad de esas cláusulas abusivas dentro de los contratos de adhesión, con lo cual el consumidor ya no requiere incurrir en gastos como la contratación de un abogado para lograr dicha declaratoria en la vía judicial.
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Ampliación de plazo. Se aumenta de 2 a 6 meses el plazo para que el consumidor presente una denuncia por ejemplo por un daño en un artículo que compró, pudiendo ampliarse a 6 más si se demuestra que dentro de los primeros seis meses el proveedor denunciado no resolvió satisfactoriamente.
Es importante mencionar que estos ajustes fueron abordados por el Comité de Políticas de Consumidor de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), el cual señaló la necesidad de ajustar la política pública a las mejores prácticas internacionales vigentes.