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Gobierno aclara que venta del BCR no requiere liquidación del personal del banco.alt
Imagen con fines ilustrativos: imagen de archivo
  • Trabajadores del banco continuarían laborando en la sociedad Banco de Costa Rica, S.A., como banco privado.
  • Únicamente sería liquidada la Junta Directiva de la institución pública BCR, con su equipo asesor y personal de apoyo.

Ante una nota de prensa en la que se indica que el Proyecto de Ley No. 23.331 de Venta del Conglomerado Financiero Banco de Costa Rica requeriría la liquidación de los aproximadamente 4000 empleados del Banco, la Presidencia de la República aclara que dicha afirmación es falsa y se debe a una mala lectura de lo planteado en el proyecto de ley.

De conformidad con la propuesta presentada, para la venta del Banco de Costa Rica –dado que el banco actualmente es una institución autónoma– se trasladaría su personal, activos, pasivos, marcas y operaciones a una nueva sociedad anónima creada para el proceso de venta, denominada Banco de Costa Rica, S.A. Por lo cual, las personas trabajadoras seguirían activas laborando para dicha nueva sociedad aun después del proceso de venta.

De tal manera, lo que el proyecto de ley propone es la venta del banco por acciones, por lo cual el banco continuaría operando, con sus empleados en Banco de Costa Rica, S.A.

En cuanto a lo dispuesto en el artículo 34 del proyecto de ley, este refiere a la liquidación del equipo restante que aún quede contratado en la institución autónoma, posterior a la venta del banco, como, por ejemplo, la Junta Directiva de la institución autónoma y equipo de esta, pero no así a todo el personal del banco, el cual, como se indicó anteriormente, continuaría trabajando para la nueva sociedad que sería propiedad del comprador o compradores de sus acciones.

Además, una vez que se realice la venta total, resultaría innecesario seguir manteniendo a la institución autónoma BCR, ya que todas las acciones de sus subsidiarias habrían sido vendidas, por esta razón es que, tanto en el artículo 1 como en el 34, se extingue dicha institución autónoma, de forma la sociedad Banco de Costa Rica, S.A. sea la que se mantenga, con todo el personal, activos y pasivos del banco, operando normalmente.


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