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Durante la sesión ordinaria N°41, mediante el acuerdo N°4, el Lic. Carlos Gerardo Cantillo Álvarez en calidad de Alcalde Municipal, apegándose a los artículos N°44 y N°45 del Código Municipal, Ley N°7794 y sus Reformas presentó una moción que literalmente dice: 

MOCIONO: Para que el Concejo Municipal del Cantón de Carrillo, al amparo de la Ley Nº9587, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 186 del martes 09 de octubre del 2018, acuerde autorizar la Administración Tributaria de la Municipalidad de Carrillo, Guanacaste, para que, por una única vez, proceda a la condonación total del pago de los recargos, los intereses y las multas a los sujetos pasivos que tengan deudas pendientes con la Corporación Municipal, por concepto de impuestos, tasas, servicios municipales y por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, hasta el cierre del trimestre inmediato anterior (30 de setiembre del 2018) a la entrada en vigencia de la presente ley, acaecida con su publicación oficial.

Esta condonación solo podrá ser efectiva si el contribuyente cancela la totalidad del principal adeudado durante el periodo de vigencia, el cual dará inicio para efectos del Cantón de Carrillo el día 01 de noviembre del 2018 y finalizará el día 30 de abril del 2019.

Para tales efectos, se podrán ofrecer facilidades de pago dentro del marco legal aplicable e incluso, podrán beneficiarse de esta remisión aquellos deudores que hayan pactado arreglos de pagos anteriores a la entrada en vigencia de la Ley, siempre y cuando, el pendiente de pago sea eliminado en su totalidad como contribuyente del cantón.

La anterior moción contó con el apoyo unánime de todos los miembros del Concejo Municipal, por tanto se dispondrá de manera obligatoria, de un Plan de Condonación Tributaria de la Municipalidad de Carrillo, elaborado en coordinación del Departamento de Hacienda Municipal, de conformidad con lo establecido por la Ley N°9587 y de esta forma se establecerán los parámetros administrativos internos para poder iniciar la aplicación de la misma.

Este beneficio que tendrán los administrados del Cantón Carrillo empezará a regir una vez que se realice la publicación oficial en el Diario La Gaceta, siendo efectiva la misma el 01 de noviembre del 2018.

Glosario de términos

Amnistía o condonación de deudas: Hace referencia al pago de la cantidad de tributos municipales sin tener que pagar las multas e intereses.


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