- Decreto se suma a los beneficios del proyecto de Ventanilla Única de Inversión (VUI).
- Firma es el resultado de un trabajo integral, interdisciplinario e interministerial, en el que trabajaron cinco instituciones, incluida PROCOMER y en coordinación con el sector privado, desde el 2019 a la fecha.
Contar con un sistema seguro, integral y capaz de garantizar la calidad, identidad, eficacia y seguridad de las sustancias químicas, biológicas o afines para uso agrícola que se comercialicen en nuestro país y por ende; mejorar la protección de la salud humana, el ambiente y la sanidad vegetal es lo que se persigue en el Decreto Ejecutivo N° 43469-MAG-MINAE-S, firmado este miércoles por parte del Presidente de la República Carlos Alvarado.
El documento también contó con la firma de los ministros de Agricultura y Ganadería, Renato Alvarado Rivera; de Ambiente y Energía, Rolando Castro, y de Salud, Daniel Salas, cuyo objetivo es oficializar el Reglamento Técnico 504:2021: Registro de Insumos Agrícolas. Plaguicidas Sintéticos Formulados, Ingrediente Activo Grado Técnico, Coadyuvantes, Sustancias afines y Vehículos Físicos de Uso Agrícola.
La iniciativa se enmarca en el proyecto interinstitucional Ventanilla Única de Inversión (VUI), que lidera la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER) en coordinación con el Servicio Fitosanitario de Estado (SFE) como autoridad competente en esta materia y el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), ente rector en procesos de simplificación de trámites.
El nuevo decreto establece, además, los lineamientos y los procedimientos que regulan el proceso de registro de los plaguicidas sintéticos formulados, ingrediente activo grado técnico, coadyuvantes, sustancias afines y vehículos físicos de uso agrícola, con el propósito de aprobar la venta y utilización de estos, previa evaluación de datos científicos suficientes que demuestren que el producto es eficaz para el fin que se destina y no representa riesgos inaceptables para la salud, el ambiente y la agricultura.
De acuerdo con el Gerente General de PROCOMER, Pedro Beirute Prada, este decreto busca mejorar la competitividad del sector agropecuario nacional. El segundo sector exportador en importancia a nivel nacional.
“La implementación de la normativa propone contar con un sistema de registro equilibrado y moderno que opere con regulaciones claras, por lo que indiscutiblemente esto impactará en los procesos de tramitología y registro, lo que termina por mejorar la competitividad de todo el sector”, comentó Beirute.
Por su parte, el ministro de Comercio Exterior y presidente de la Junta Directiva de PROCOMER, Andrés Valenciano, mencionó cómo el decreto operará bajo normativas acordes a obligaciones internacionales adquiridas por nuestro país y que respetan también el medio ambiente.
“Celebramos los esfuerzos interinstitucionales que nos permiten llegar hasta la firma de este decreto. Son esfuerzos, que además, hablan de la importancia del sector para Costa Rica y de la búsqueda constante en la mejora de todos los procesos competitivos que involucra el desarrollo de esta actividad productiva”, manifestó Valenciano.
Otro elemento relevante con la firma del nuevo decreto es la definición de plazos más cortos en la tramitación de cada solicitud de registro bajo las distintas modalidades previstas en el Reglamento, siendo notorio la disminución de los tiempos de tramitación actuales, los cuáles a nivel reglamentario estaban entre 5 y 8 meses, pero en la práctica incluso se duraba varios años. Uno de los plazos de tramitación que se impulsan con la propuesta es el registro de Plaguicidas Sintéticos Formulados a 133 días naturales.
Al respecto, el ministro de Salud, Daniel Salas, expresó que el decreto viene a mejorar la normativa anterior, reforzando la participación de todos los ministerios involucrados, desde sus respectivas rectorías.
“En el Ministerio de Salud estamos comprometidos con acciones que le permitan al país fortalecer su competitividad de la mano con la protección a la salud humana, en esa línea, este decreto busca la participación activa de MAG, MINAE y Salud durante todas las etapas del proceso de registro, realizando los trámites respectivos de manera más ágil”, indicó Salas.
Por su parte, el ministro Alvarado Rivera celebró la firma del decreto como un paso en la dirección correcta y destacó la articulación que facilitó la construcción de la nueva normativa.
“Después de muchos años y esfuerzos de procurar una solución ágil y rápida para el registro de nuevas moléculas y productos formulados, se logra un decreto de consensos, con el aval de todas las partes involucradas. Esto vendrá a ayudar a la agricultura nacional, a los agricultores y agricultoras en momentos de crisis: el retraso de los contenedores, la guerra de Ucrania, son elementos han impactado. Por eso, se requieren de procesos ágiles, de innovación y de tecnología. Las nuevas moléculas son nuevas tecnologías que vendrán a ayudar a las personas productoras a ser más eficientes”, manifestó.
Esfuerzo interinstitucional
El decreto es el resultado de un trabajo integral, interdisciplinario e interministerial desde el 2019 a la fecha, logrando culminar el decreto consensuado con el sector privado.
En el proceso de mejora se contó con la participación del Proyecto de Ventanilla Única de Inversión (VUI) liderado por la Promotora del Comercio Exterior (PROCOMER), la Dirección de Mejora Regulatoria del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), la Dirección General de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX), el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), el Ministerio de la Presidencia, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Agricultura (MAG).
El registro será administrado por el Sistema Fitosanitario del Estado (SFE), como autoridad competente, pero en el proceso participan los Ministerios de Salud y el de Ambiente y Energía, con dictámenes que tendrán carácter vinculante para el SFE.
A inicios del año 2021, y como parte del proceso, se firmó el Decreto Ejecutivo No.42769-MAG-S-MINAE, resultado del trabajo de este equipo interinstitucional y el sector privado, el cual reguló la solicitud de registros de Ingredientes activos Grado Técnico (IAGT) por reconocimiento de la evaluación de estudios técnicos aprobados por autoridades reguladoras de los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y de los países adherentes al Sistema de Aceptación Mutua de Datos (AMD) de este organismo.
Acerca de VUI
Es un proyecto interinstitucional liderado por PROCOMER, en coordinación con el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), como ente rector en materia de simplificación de trámites, 25 instituciones públicas y 63 municipalidades. El objetivo es garantizar al sector privado una plataforma de trámites, ágil y competitiva, para los procesos requeridos para la apertura y operación de empresas (nacionales y extranjeras) en Costa Rica.
La VUI trae beneficios sustanciales al país en temas como mejora al clima de inversiones de Costa Rica, productividad y la competitividad en términos de comercio exterior, reducción de tiempos y costos de transacción asociados con el inicio de operaciones de las empresas que deseen instalarse en el país, promueve y mejora la coordinación interinstitucional de la administración pública y conlleva importantes mejoras en la transparencia de los procesos.
Actualmente desde sitio www.vui.cr se puede gestionar el permiso del trámite integrado para la obtención de la patente municipal en 33 municipalidades, que incluye las siguientes gestiones: el uso de suelo municipal, el permiso sanitario de funcionamiento (PSF) del Ministerio de Salud, en sus categorías A, B, C (de mayor a menor riesgo respectivamente), revisión en el Registro Único Tributario (RUT) del Ministerio de Hacienda y la Póliza de Riesgos del Trabajo (PRT) del Instituto Nacional de Seguro Social (INS) y la emisión de la patente municipal.
Además, en este sitio puede realizar el trámite del permiso de ubicación de sistema de tratamiento de aguas residuales del Ministerio de Salud y el trámite de “autorización y registro de tanques estacionarios para autoconsumo de combustibles” (conocido como “almacenamiento de tanques de autoconsumo” de la Dirección General de Transporte y Comercialización de Combustibles).